lunes, 31 de mayo de 2010

Entrevista a Juan Vergara Gotelli, Presidente del Tribunal Constitucional (TC).


¿Dr. Nos puede comentar un poco su visita, en representación del Perú, al Bicentenario argentino?

Es para mí un orgullo tener la representación del Presidente Constitucional de la República Peruana para este certamen de apoteósica expresión de nacionalismo y de sentimiento patriótico de la Nación Argentina, del pueblo argentino.
No ha podido el Presidente, Dr. Alan García Pérez, llegar aquí y me solicito que yo lo representara y estoy exclusivamente para esa encomienda y la pienso cumplir.

¿Cuál es la función del Tribunal Constitucional (TC) que usted preside?

El tribunal Constitucional (TC) como todos los Tribunales Constitucionales que nacen recientemente, que tienen poca historia, tiene una función esencialmente de control, de control concentrado, que significa, constitucionalmente, ver, controlar la actuación de los demás poderes y de los demás órganos constitucionales en la atención a lo que les corresponde hacer.
Muchas veces el que ejerce una función desde su campo realiza acciones que en otros casos pueden ser consideradas negativas, desbordantes, excedentes o arbitrarias. Entonces el control concentrado nos lleva a la facultad de declarar por ejemplo inconstitucional una Ley, una Ley que la da el Poder Legislativo y, entonces, el Tribunal tiene esa facultad, está por encima de todos sin ser mayor a ellos, sin ser superior jerárquicamente. La labor de nosotros, es la labor de control, de decirle al funcionario del Estado o al Juez inclusive, al Juez ordinario, que está actuando mal o que ha actuado mal y que hay que corregirlo. Por eso la declaración de inconstitucionalidad de un Ley nos lleva a la función de expulsar del ordenamiento jurídico a una norma que ha sido declarada inconstitucional por el Tribunal y esta se realiza automáticamente después de publicada la sentencia de nosotros.

¿Por qué piensa que en otros países de la región no existe el Tribunal Constitucional como en el Perú?

La labor constitucional existe ya en todos los países del mundo, lo que pasa es que todavía por organizaciones propias de cada Estado y de cada República, el Tribunal Constitucional no funciona pero funciona, hace sus veces la corte Suprema a través de una de sus salas y eso es lo que está sucediendo precisamente en Argentina.

Con respecto a la Constitución del 79 que muchos constitucionalistas dicen que es una de las mejores Constituciones que tuvo el Continente. ¿Usted que opina de ella?

Esa expresión es una expresión política, que no quisiera hacer mayores comentarios sobre ello, porque considero yo particularmente que es la visión que tienen los apristas, el APRA es el partido de gobierno actual y el Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez es precisamente aprista, pero una visión si se quiere fragmentada y que la ha constituido como su caballo de batalla el Congresista Javier Valle Riestra, del APRA y que ha considerado que debiéramos volver a ella y su lucha en el Congreso es precisamente por volver a la Constitución del 79 y no la del 93.

¿Esta Constitución del 93 tiene falencias o está bien?

Toda Ley en principio es mejorable, es perfectible. Es una Constitución que se dio en tiempos de Fujimori precisamente con la gran visión, la mejor visión que tuvieron ellos, los fujimoristas, de permitir la sucesión sin día final, porque Fujimori llegó al poder y se convirtió de hecho en un sucesor sin tiempo, hubo varias, hasta se quiso llegar a la tercera reelección y el pueblo no lo quiso, entonces, llegó un momento en que hubo un conato de sucesión y ahí viene un reparto de poderes que al parecer se tuvo en el tiempo de Fujimori cuando se le entregó determinadas acciones y poderes a Vladimiro Montesinos que fue el asesor en principio y terminó siendo un co gobernante con Fujimori. Entonces, la Constitución tuvo en su ejecución muchos desaciertos, muchos arrebatos y arbitrariedades que han querido hacer ahora un examen retrospectivo o introspectivo los fujimoristas, no aceptan la co autoría y han considerado que el Sr. Alberto Fujimori que fue Presidente de la República no tendría razón o responsabilidad en los excesos cometidos por el gobernante, de hecho, que fue Vladimiro Montesinos. Ese es un punto que ha significado un esclarecimiento pero hay la condena de Fujimori que le ha puesto la Corte Suprema a una pena privativa de la libertad de 25 años y esa es la pugna donde ahora se presenta la hija, Keiko Fujimori, para pretender la Presidencia; y ella es precisamente la que está anunciando el perdón al padre, al Ex Presidente Fujimori. La decisión de ella significaría el olvido. Yo no quisiera mucho ingresar a este punto porque de presentarse al futuro inmediato le correspondería al tribunal la decisión de ese tema.

Pero por la pena impuesta al Ex Presidente Fujimori, ¿Un posible indulto sería constitucional?

Se habla mucho del indulto y ha habido una parte determinante en cuanto al procesado Crousillat. Un procesado que le dio el indulto el Presidente de la República y después le quitaron ese beneficio considerando en alguna medida que había sido mal interpretada la vida de este señor dentro de la prisión y que le correspondería a la decisión presidencial una suerte de engaño por funcionarios de menor categoría pero eso rompería lo que se vino creyendo hasta ahora, hasta ese momento, es una situación de un favor que ya es irrevocable.


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